Las principales compañías telefónicas con actividad en el mercado español han acordado con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) crear un sistema conjunto de autocontrol para atender las reclamaciones de los usuarios sobre prácticas como las llamadas publicitarias no deseadas, la inserción indebida en ficheros de morosidad y los fraudes mediante SIM swapping.

La AEPD recibe cada año más de 14.000 reclamaciones por este tipo de prácticas, que a lo largo de 2021 dieron lugar a sanciones a las operadoras por un importe total de 6,5 millones de euros si se considera estrictamente el sector de las telecomunicaciones, pero que alcanza los 35 millones si se incluyen también las entidades financieras y las firmas de publicidad.

A partir del 28 de enero, los consumidores afectados podrán acelerar la tramitación de sus reclamaciones invocando el código de conducta que han acordado la AEPD y las principales operadoras y marcas: Movistar, Tuenti, O2, Vodafone, Lowi, Ono, Orange, Jazztel, Amena, Simyo, Másmóvil, Yoigo, Pepephone, Lebara, Llamaya y Happy Móvil.

Para ello, deberán formularlas a través de la web de mediación, de manera gratuita y con un compromiso de resolución antes de 30 días. De no llegarse a un acuerdo, la reclamación será derivada a la AEPD, con la consiguiente posibilidad de sanción.

La adhesión de las operadoras al nuevo código de conducta es voluntaria, pero también vinculante.