La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a Facebook con un total de 1,2 millones de euros al considerar que el gigante de las redes sociales recopila, almacena y utiliza datos de sus usuarios con fines publicitarios sin contar con su consentimiento.

Según la AEPD, Facebook acumula datos sobre ideología, sexo, creencias religiosas, preferencias personales y navegación por la red sin haber obtenido el consentimiento “inequívoco, específico e informado” de los usuarios para tratar los datos. Dicha acumulación se produce mediante la interacción directa con los servicios de Facebook o a través de páginas de terceros. El organismo considera que la red social no informa claramente a los usuarios sobre el uso y la finalidad que va a dar a sus datos, y recrimina a la firma presidida por Mark Zuckerberg su incumplimiento de la normativa sobre conservación de datos, ya que sigue utilizando la actividad de sus usuarios en la red, incluso cuando ya han dejado de ser útiles para el propósito con el que fueron recogidos, y aunque el usuario haya solicitado explícitamente que sean eliminados.

La AEPD inició en 2015 el proceso contra Facebook por vulnerar diversas provisiones de la Ley Orgánica de Protección de Datos. Facebook ha lamentado la decisión de la AEPD mediante un comunicado en el que aclara que no utiliza con fines publicitarios la información recopilada, y manifiesta su intención de apelar contra la imposición de la multa.