La Audiencia Nacional española ha declarado inválida la sanción de 120 millones de euros que la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNC) impuso a Telefónica, Vodafone y Orange por abusar de su posición dominante en la reventa de SMS a las operadoras móviles virtuales.

La CNC, integrada ahora en la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) consideró en diciembre de 2012 que las tres grandes operadoras aplicaban unos precios mayoristas de terminación excesivos a las OMV por el uso de sus redes para transmitir mensajes cortos de texto (SMS) y multimedia (MMS). Por ello multó a Telefónica con 46,5 millones de euros, a Vodafone con 43,5 millones y a Orange con casi 30 millones.

Ahora el tribunal ha dejado sin efecto aquellas sanciones, considerando que no se justifica la existencia de una posición de dominio de cada una de las operadoras. Asimismo, el fallo de la Audiencia cuestiona la definición de un mercado mayorista de terminación de SMS separado del de voz, afirma que el regulador ha respondido de manera “vaga e insuficiente” las alegaciones presentadas en su momento por las compañías sancionadas y considera que la elevada cuota de mercado de las mismas no equivale necesariamente a una posición dominante.

La CNMC, presidida por José María Marín Quemada (en la foto) dispone ahora de 30 días para presentar recurso contra la sentencia ante la instancia judicial superior, en este caso el Tribunal Supremo. De no resolverse el recurso a su favor, deberá reembolsar el importe a las operadoras el importe de la multa, que en su momento fue la segunda más elevada impuesta nunca por la CNC, sólo por debajo de los 120 millones con que sancionó en 2009 a un grupo de compañías de seguros. El diario El País informa de que la Audiencia Nacional ha anulado también hace pocos días una multa de 22,6 millones impuesta por la CNMC a la petrolera Repsol en 2005.